INFORME PERICIAL


EL INFORME PERICIAL

 

Por:  Amparo Huélamo Gaspar – Investigadora.

 

El informe pericial es el documento redactado por el perito, en el que se exponen las conclusiones obtenidas por el experto, tras la investigación de un caso. Responde a una expresión de un estudio realizado por el experto mediante las técnicas específicas relacionadas con el área específica de conocimiento de dicho profesional.

El informe pericial lo podríamos definir como el documento en que el perito plasma los conocimientos especializados que posee sobre las cuestiones que se hayan sometido a su consideración, así como las conclusiones a las que ha llegado mediante la aplicación de esos conocimientos a determinados hechos u objetos concretos.

El informe pericial es acordado por el juez en caso de que sean necesarios conocimientos científicos, técnicos o artísticos específicos que hayan de ser aportados por un experto para conocer o apreciar algún hecho o circunstancia determinante en el proceso. Se trata de un elemento de prueba judicial, por lo que su objeto será establecer la verdad y solventar las cuestiones técnicas que no puedan ser resueltas de manera natural por una persona no profesional en el ámbito material de que se trate, ya sea medicina, ingeniería, etc. En el informe pericial, el perito habrá de extraer unas conclusiones a través del estudio exacto y pormenorizado de los indicadores a analizar, basando dichas conclusiones en un razonamiento objetivo derivado del propio estudio.

La estructura del informe o dictamen pericial no es algo que esté definido legalmente. Ha de ser preciso, sencillo y conciso, explicando su contenido de forma estructurada y cronológicamente. Se han de evitar párrafos largos y debe ser objetivo. No debe incluir terminología jurídica que resulte innecesaria y superflua. Las páginas estarán numeradas y a una sola cara, al igual que la documentación adjunta al original.

Contenido de un buen Informe Pericial:

1.- Número del Juzgado, del procedimiento y del expediente; datos identificativos del cliente y del perito; profesión, título y méritos profesionales del perito, acreditando su formación en la materia y fecha de emisión del informe.

2.- Índice. Donde constarán los apartados y anexos del informe pericial.

3.- Objeto del informe y objetivos de la investigación, expuestos de modo claro y conciso.

4.- Situar el informe en el contexto en el que se realiza el estudio. El perito debe ser meramente descriptivo y esquemático, sin entrar en cuestiones sujetas a interpretación.

5.- Estudio y análisis técnico. Donde se desarrollarán los hechos o cuestiones planteadas objeto de la pericia. Las argumentaciones han de ser técnicas, evitando afirmaciones subjetivas y no demostrables. Aquí se indican las operaciones practicadas para llevar a cabo la realización del informe, la metodología empleada y sus resultados, así como los resultados obtenidos a través de las pruebas, exámenes o reconocimientos practicados, con el mayor detalle posible.

6.- Conclusiones. Son la parte clave de un informe pericial. Han de ser claras, concisas y precisas. Su extensión no debería exceder de una página. Se debe evitar emplear vocabulario técnico. Por otra parte, el lenguaje debe de ser formal, ya que será leído por el juez. Las conclusiones deben ser resolutivas y transmitir la seguridad de lo enunciado por un experto en la materia. En ellas, el perito debe manifestar haber sido objetivo, conforme establece el art. 335 de la LEC, tanto si favorece como si perjudica a alguna de las partes, haciendo constar además que sobre las cuestiones que ha planteado en su informe es posible que existan opiniones técnicas contradictorias.

7.- Anexos. Pueden ser de muchos tipos, desde documentos utilizados como base hasta una descripción detallada de las pruebas realizadas. Se adjuntará la documentación relevante que se haya utilizado para confeccionar el informe. En general no se incluyen para que puedan ser leídas por el juez, su objetivo es justificar las conclusiones desde un punto de vista técnico. Deben ser rigurosos, ya que pueden condicionar las opiniones del resto de peritos. Es importante describir el escenario en el que se realiza y la fecha y la hora. Es normal incluir fotografías.  Sobre este último aspecto de los reportajes fotográficos no existe criterio para que se incluyan a lo largo del informe o en anexos aparte. En este sentido cada perito obra acorde a su mejor criterio en la forma en que sea mejor entendible para los destinatarios del informe.

 

DATOS DEL AUTOR

 

Dra. Amparo Huelamo Gaspar

Presidenta en GABINETE CRIMINOLÓGICO – ESPAÑA. Graduada superior en Criminología por la Universidad de Valencia-España y Perito Judicial en Criminalística y Presidenta de ACYACO.

 

REFERENCIAS.-

 

http://es.wikipedia.org/wiki/Wikipedia

Apuntes del Curso de Perito Judicial